jueves, 28 de junio de 2018

MANIFESTACIONES DEL PATERNALISMO DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA MINAS DE RIOSA

A finales del siglo XIX y principios del siglo XX, la actitud paternalista de algunas empresas hacia sus trabajadores era patente. La Sociedad Anónima "Minas de Riosa" fundada el 10 de abril de 1899, no fue una excepción. La mano de obra utilizada por esta empresa procedía fundamentalmente de los Concejos de Riosa y Morcín. Gentes que hasta el inicio de las explotaciones del carbón, se dedicaba a la agricultura y a la ganadería y que solían utilizar  el trabajo en la mina más bien como un complemento. El dinero que recibían de la mina les venía muy bien, no obstante seguían con sus pequeñas explotaciones agropecuarias.
 Por aquel entonces era muy común que durante los meses del verano, los mineros de Riosa y Morcín abandonasen la mina para  recoger la yerba o realizar actividades ganaderas. Esta actitud  no era muy bien vista por la empresa, le producía perdidas de ahí que intentase  revertir la situación. Era necesario crear un ambiente atractivo para que  el obrero autóctono estuviera más vinculado a la empresa, abandonado la condición de obrero mixto (minero-agricultor-ganadero) y se dedicara exclusivamente a la actividad minera. Sin embargo, esta pretensión  era un poco utópica. Los sueldos que cobraban los mineros a finales del siglo XIX, principios del siglo XX, no eran suficientemente amplios como para mantener una familia -en aquellos tiempos las familias solían ser numerosas -, por lo que no les quedaba más remedio que seguir con su actividad de obrero mixto.
La historiadora, Mercedes Fernández Menéndez en su libro "De la Corona a los Accionistas anónimos", publicado en el año 2016 hace referencia a este tema -pgs. 318 y ss.
La Sociedad "Minas de Riosa" utilizó diversos métodos para  conseguir  una vinculación del obrero autóctono a la actividad minera. Sabían que los sueldos eran bajos y como complemento recurrieron a las remuneraciones en especie (carbón para uso doméstico), antecedente del, posteriormente, conocido como "vale de carbón", derecho que los mineros asturianos obtuvieron con carácter general en el año 1932.
Según relata Mercedes Fernández en los inicios de la Sociedad "Minas de Riosa" era corriente que muchos mineros de Riosa y Morcín solicitaran a la empresa autorización para la extracción de carbón para consumo domestico  en las explotaciones de la Sociedad, que solía concederlo. Existe documentación que acredita estas peticiones. Otro ejemplo del paternalismo empresarial. Sin embargo, más adelante las peticiones en este sentido, comenzaron a denegarse como consecuencia de los abusos en la extracción del carbón. Ya no se autorizaban tan fácilmente estas concesiones por lo que era necesario la utilización de intermediarios allegados a la Sociedad.
Es el caso de los Ayuntamientos. En este sentido, en el archivo municipal del Ayuntamiento de Riosa existe un documento fechado en Gijón el 5 de diciembre de 1899 en el que el Director Gerente de "Minas de Riosa", Alfredo Santos Arana, a petición del Alcalde de Riosa, autoriza a los vecinos del Concejo la extracción  de carbón en las minas de la sociedad.
No obstante establecía condiciones:
1ª.- La autorización tendrá vigencia "...durante el tiempo que la Sociedad estime conveniente...", "y dicha concesión cesará desde el momento en que por uno de los dependientes de la indicada sociedad, ésta ordene cesar los trabajos de extracción".
2ª.- La extracción de carbón será gratuita. La empresa no cobraba nada a los vecinos de Riosa en concepto de indemnización o canon.
3ª.- Los explotadores tenían la obligación de seguir los consejos de los agentes técnicos de la Sociedad, tanto desde el punto de vista de las labores  que se llevaran a cabo como de los sitios en que dichas labores debían ejecutarse.
4ª.- La Sociedad no contraía responsabilidad alguna por este tipo de explotaciones, teniendo que renunciar los vecinos a cualquier reclamación o indemnización como consecuencia  de algún accidente que pudiera producirse.
5ª.- Las labores debían conservarse en buenas condiciones por si la Sociedad le pudiera interesar utilizarlas para investigaciones o labores futuras.
6ª.- Se establecía un máximo de explotación mensual, siendo destinado el carbón para usos domésticos y agrícolas, sin que pudiera ser objeto de venta fuera del Concejo.

Autorización de la Sociedad "Minas de Riosa", de fecha 5 de diciembre de 1899, a petición del Alcalde de Riosa, para que los vecinos del Concejo pudieran extraer carbón de las minas de la Sociedad para uso doméstico:



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